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La Comunidad de Madrid entra este 25 de mayo en Fase 1, una noticia que genera sensaciones inciertas y conlleva un aumento del sentido de la responsabilidad individual y colectiva. Desde Fundación Juanjo Torrejón insistimos en la importancia de cumplir con las medidas de seguridad necesarias para evitar un retroceso o empeoramiento de casos. En pleno inicio de fase 1 recordamos las acciones permitidas atendiendo al tipo de actividad.

Medidas sociales

– Se permiten las reuniones de un máximo de diez personas (siempre dentro de la misma provincia, Isla o unidad territorial (áreas sanitarias). Estos encuentros pueden hacerse con amigos o familiares y en domicilios, al aire libre o en terrazas, y deben respetarse las medidas de higiene y la distancia social de dos metros.

– Se abre la posibilidad de movilidad entre municipios colindantes para actividades socioeconómicas. No obstante, se recomienda «por razones sanitarias limitar al máximo la movilidad fuera del municipio de residencia».

– Los velatorios se harán con un límite de 15 personas al aire libre o 10 en espacios cerrados. En el caso de entierros o incineraciones, el máximo será de 15 personas, además del oficiante en el caso de los ritos funerarios.

– Se permite la asistencia a lugares de culto e iglesias siempre que no se supere un tercio de su aforo. No se permitirá el uso de agua bendecida y las abluciones rituales deberán realizarse en casa. Además, no se permite la distribución de cualquier objeto, libros o folletos, así como tocar o besar objetos de devoción, y no está permitida la actuación de coros.

Tiendas

– Podrán abrir todos los locales con una superficie igual o inferior a 400 metros cuadrados, excepto los que se encuentren dentro de centros o parques comerciales, con una reducción del aforo al 30% y la separación de dos metros entre clientes (si no es posible mantener esa distancia, solo se permite un cliente dentro del local). Además, se establece un horario de atención prioritario para mayores de 65 años.

– Reapertura con cita previa de concesionarios de automoción, centros de ITV, locales de jardinería y viveros de plantas sea cual fuere su superficie útil de exposición y venta.

– Apertura de entidades concesionarias de juego público de ámbito estatal excepto las que se encuentren en centros comerciales.

– Apertura de mercados al aire libre si así lo deciden los ayuntamientos correspondientes.

Terrazas de bares

– Se permite la apertura de terrazas al 50 por ciento de las mesas que tenga permitidas con una ocupación máxima de 10 personas por mesa. Además, se evitarán cartas de uso común, optando por dispositivos electrónicos propios, pizarras, carteles u otros medios similares.

Servicios sociales

– Apertura de centros y servicios de usos sociales con las medidas de seguridad previstas, pero priorizando la vía telemática cuando sea posible. En todo caso, se garantizará la disponibilidad de acceso a los servicios de terapia, rehabilitación, atención temprana y atención diurna para personas con discapacidad y/o en situación de dependencia.

Centros educativos

– Reapertura de los centros educativos y centros universitarios para su desinfección, acondicionamiento y para funciones administrativas con la limitación, al máximo posible, del empleo de documentos en papel. Además, podrá procederse a la apertura de los laboratorios universitarios para las labores de investigación que les son propias.

Bibliotecas

– Se permite la reapertura de bibliotecas para préstamo y devolución de obras y lectura en sala. Sin embargo, no se podrá hacer uso de los ordenadores y medios informáticos para el público y, en bibliotecas especializadas o con fondos antiguos, únicos, especiales o excluidos de préstamo domiciliario se permite la consulta con reducción de aforo y sólo en los casos en que se considere necesario. Una vez consultadas las obras permanecerán catorce días sin poder utilizarse.

Museos

– Los museos podrán abrir reduciendo a un tercio el aforo de cada una de sus salas. Se inhabilitarán los elementos de uso táctil y audio guías y folletos en sala y las visitas serán individuales, entendiendo como tales tanto la visita de una persona como la de una unidad familiar o unidad de convivencia análoga. El servicio de consigna no estará disponible.

Producción y rodaje de obras audiovisuales

– Se podrán realizar la mayoría de las actividades de producción siempre que se cumplan las medidas higiénico-sanitarias. En este sentido, se podrán realizar rodajes en platós y espacios privados, así como en espacios públicos que cuenten con la correspondiente autorización del ayuntamiento.

Actos y espectáculos culturales

– Pueden reabrir los locales en los que se desarrollen actos y espectáculos culturales solo para un tercio de su aforo y siempre que no se superen las 30 personas en lugares cerrados y 200 al aire libre. No se entregará libreto ni programa ni otra documentación en papel y no se prestarán servicios complementarios como tiendas, cafetería o guardarropa.

Actividad deportiva (profesional y federada)

– Se permite la apertura de los Centros de Alto Rendimiento: solo podrá acceder con los deportistas un entrenado y los entrenamientos serán, preferentemente, de forma individual.

– Los clubes deportivos o Sociedades Anónimas Deportivas podrán desarrollar entrenamientos en grupos de hasta diez deportistas. A las sesiones de entrenamiento no podrán asistir medios de comunicación ni contarán con presencia de personal auxiliar o utilleros.

– Se abren las instalaciones deportivas al aire libre con cita previa.

Turismo activo y de naturaleza

– Se podrán realizar actividades de turismo activo, rural y de naturaleza para grupos de un máximo de hasta diez personas.